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abril  28, 2024

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Análisis de la figura del Vicejefe de Gobierno en la Ciudad de Buenos Aires

Por Gisela Riccardi


"Del análisis comparativo de las constituciones provinciales y de los reglamentos internos de sus órganos legislativos, como así también de la Constitución Nacional y del Reglamento del Senado, surge que la única provincia que tiene un régimen equivalente al Art. 71 de la Constitución de la C.A.B.A. es la Provincia de Santa Fe.Donde el Presidente del órgano legislativo carece de facultades de organización y administración de dicho cuerpo, asignando esas tareas a otro órgano. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, estas facultades se reservan al Vicepresidente de la Legislatura, mientras que en la Provincia de Santa Fe, se asignan a una Comisión creada a tales efectos, compuesta por Senadores."

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Términos mencionados en esta doctrina: constitución, provincia, presidente, análisis, nacional, legislativo, facultades.

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